A medida que se consolidan en la región las Fintechs y el concepto del Open Banking, cada vez son más las personas que se inclinan por el uso de billeteras virtuales para hacer pagos, transferencias y otro tipo de transacciones. Tan es así que, según los relevamientos, ya hay en Argentina más de ocho millones de usuarios.
Quizás, la cara negativa de este boom fue que muchos usuarios lo aprovecharon para hacer operaciones fraudulentas o vinculadas al lavado de dinero. Por eso es que el Banco Central argentino decidió lanzar una regulación para todos los proveedores de servicios de pagos, donde se incluyen a las billeteras digitales, con el fin de prevenir, mitigar y gestionar los riesgos de fraude en las operaciones.
Comunicación A 7463
Tal como publicó Forbes Argentina, esta regulación señala que cada esquema de transferencia inmediata deberá apoyar sus análisis de lavado y fraude con herramientas que permitan identificar patrones sospechosos, como operaciones en horarios inusuales, gran cantidad de compras en períodos breves o un domicilio de radicación distinto al de la provincia donde se hacen las compras.
Al respecto, Martín Piñeiro, especialista en estos temas, explicó que lo que se busca con esta regulación es poder monitorear operaciones sospechosas con un enfoque basado en riesgo, de acuerdo con lo establecido por el Grupo de Acción Financiera Internacional.
Cada billetera digital deberá contemplar acciones en coordinación con los participantes de los esquemas involucrados, de acuerdo con el riesgo evaluado y en función de las responsabilidades identificadas.
Las entidades alcanzadas por esta nueva regulación deberán presentar regímenes informativos con diversos fines, que deberán cumplirse en forma y tiempo para evitar futuras multas y sanciones.
Por ejemplo, tal como describe Piñeiro, tendrán que informar mensualmente “las cuentas de pago de clientes y saldos invertidos en fondos comunes de dinero informados a los clientes; la cantidad de operaciones y montos totales; y, remitir trimestralmente un informe especial de auditor externo que certifique el cumplimiento de las normas y la integridad de la información contenida”.
Prohibida su reproducción total o parcial.